CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD

Los certificados de profesionalidad, regulados por el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, son el instrumento de acreditación oficial de las cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en el ámbito de la administración laboral.

Acreditan el conjunto de competencias profesionales que capacitan para el desarrollo de una actividad laboral identificable en el sistema productivo sin que ello constituya regulación del ejercicio profesional.

Tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y son expedidos por el Servicio Público de Empleo Estatal y los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.

Se obtienen a través de dos vías:

PREGUNTAS FRECUENTES

  1. 1
    ¿Qué es un certificado de profesionalidad?

    Es un documento que acredita a un trabajador/a en una cualificación profesional del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales.

  2. 2
    ¿Quién expide dicho certificado?

    – Coste Cero en las cuotas a la Seguridad Social. Las Pymes tendrán una reducción del Coste de la Seguridad Social en un 100%. En el caso de aquellas empresas con más de 250 trabajadores, la deducción será del 75%.
    – La Formación se bonificará deduciéndola de las cuotas a la Seguridad Social.
    – Salario en proporción al tiempo de trabajo efectivo, 75% el 1º año y 85% el 2º y 3º año.

    Son emitidos por el Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) y por la Administración Laboral de las Comunidades Autónomas.

  3. 3
    ¿Para qué me sirve dicho certificado?

    Tanto los títulos de formación profesional como los certificados de profesionalidad tendrán los efectos que les correspondan con arreglo a la normativa de la Unión Europea relativa al sistema general de reconocimiento de la formación profesional en los Estados miembros de la Unión y demás Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Dichos títulos y certificados acreditan las correspondientes cualificaciones profesionales.

  4. 4
    ¿Cómo se obtiene dicho certificado?

    Para obtener el certificado, el alumno debe de estar en posesión de las certificaciones parciales de las distintas Unidades de Competencia que componen el Certificado.

    Para obtener una Unidad de Competencia tiene las siguientes vías:

    • Superar los módulos formativos correspondientes, mediante la realización y evaluación de las acciones formativas pertinentes.
    • Participando en las pruebas que al respecto convoque la Administración correspondiente para dicha UNIDAD DE COMPETENCIA, basándose en el Real Decreto 1224/2009 de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral o de vías no formales de formación.
    • Mediante la convalidación de la UNIDAD DE COMPETENCIA por estar en posesión de dicha UNIDAD a través de la Formación Profesional del sistema educativo.

    Las Administraciones competentes llevaran un registro nominal por especialidades tanto de las acreditaciones de las UNIDADES de COMPETENCIA como de los Certificados que expidan.

    Los Centros autorizados para la impartición de los módulos formativos deberán entregar a la Administración un acta de evaluación de los alumnos que hayan participado, indicando en los términos de apto/no apto la superación del módulo. Dicha acta será el referente para la Certificación de la Unidad de competencia.

  5. 5
    Modalidades de importación de las acciones formativas

    La formación podrá impartirse de forma presencial, a distancia, teleformación o mixta.

    La norma que regule cada certificado de profesionalidad determinará las condiciones en las que los módulos formativos podrán ser ofertados en las distintas modalidades, en función de la naturaleza de los contenidos y de los colectivos destinatarios.

  6. 6
    ¿Qué centros pueden impartir estas acciones?

    Aquellos previamente autorizados por la Administración Laboral o educativa pertinente.